Nuevos beneficios para empresas y personas en situación de ERTE

ERTES, formación y exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social desde el RD 18/2021 del 28/09/2021.

Desde el comienzo de la crisis causada por el COVID, España ha tomado medidas para proteger el empleo, recuperar la economía y mejorar el mercado de trabajo.

En este sentido, el 29/09/21 entró en vigor el Real Decreto 18/2021 que trae varias novedades beneficiosas tanto para empresas como para personas que se encuentran en ERTE.

Básicamente el RD establece la prórroga de tres medidas extraordinarias anteriores: exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social (previstas en el RD 2/2021); protección por desempleo de las personas trabajadoras (RD 30/2020), medidas vinculadas a los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) dispuestas en el RD 8/2020 y plan MECUIDA en protección de artistas y espectáculos públicos (RD 32/2020).

A partir del 29/09/2021 las empresas podrán:

  • Prorrogar los ERTES vigentes a fecha 30/09/21 hasta el 28/02/2022  mediante solicitud a la autoridad laboral que deberá ir acompañada de una relación de las horas o días de trabajo suspendidos o reducidos durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 de cada una de las personas trabajadoras, debidamente identificadas en relación con cada uno de los centros de trabajo.
  • Solicitar nuevos ERTES desde el 1/11/2021 por impedimento o limitaciones a la actividad normalizada.
Buevos beneficios para empresas y personas en situación de ERTE. Gesfor S.L. Jerez.

¿Y cuál es la gran novedad del RD 18/2021 que beneficia a empresas y personas en ERTE?

Esta novedad está relacionada con la formación. Todas las empresas que tengan personal en situación de ERTE y realicen acciones formativas (previstas en la Ley 30/2015) en favor de estas personas para mejorar sus competencias profesionales y empleabilidad, obtendrán exoneraciones en las cotizaciones de la Seguridad Social y un aumento de los créditos disponibles para la financiación de la referida formación.

Las acciones formaciones tienen varios requisitos a cumplir para lograr la exoneración en la Seguridad Social:

Formar a la totalidad de personas en ERTE entre el 1/11/21 y el 28/2/2022. El plazo para la prestación efectiva de las acciones formativas finaliza el 30/06/2022.

Dictar un mínimo de horas de formación:

  • Empresas de 10 a 49 personas trabajadoras: 30 horas
  • Empresas de 50 o más: 40 horas

La formación deberá dictarse durante la aplicación de la reducción de jornada o suspensión del contrato o en tiempo de trabajo. En todos los casos deberán respetarse los descansos legalmente establecidos y el derecho a la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.

Si existe representación legal de la plantilla, debe ser informada de las acciones formativas propuestas.

¿A cuánto aumentan los créditos para la financiación de acciones formativas?

  • Empresas de 1 a 9 personas trabajadoras: €425 por persona.
  • Empresas de 10 a 49 personas trabajadoras: €400 por persona.
  • Empresas de 50 o más personas trabajadoras: €320 por persona.
Gesfor S.L. es especialista en Planes de Igualdad en Jerez de la Frontera.

¿Cuál es la diferencia de exoneración a la Seguridad Social entre empresas que desarrollen acciones formativas y las que no lo hagan?

A- Empresas con 10 o más personas en ERTE a 29/02/2020 los porcentajes de exoneración devengada en noviembre-diciembre 2021 y enero-febrero 2022 serán:

  • 40% empresas que no desarrollen acciones formativas.
  • 80% empresas que si desarrollen acciones formativas.

B- Empresas con menos de 10 personas en ERTE a 29/02/2020:

  • 50% empresas que no desarrollen acciones formativas.
  • 80% empresas que si desarrollen acciones formativas.

C- Empresas que tengan autorizados ERTES por impedimentos en la actividad, se benefician de una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre 2021 y hasta el 28/02/2022.

¿Qué empresas se benefician de las exoneraciones mencionadas?

A- Empresas que prorroguen los ERTES a partir del 1/10/21.

B- Empresas que generen ERTES nuevos a partir del 1/11/21

C- Empresas calificadas como dependientes o integrantes de la cadena de valor que entre el 1/10/21 y el 28/02/22 cambien de ERTE a un expediente por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

En Gesfor Formación podemos encargarnos de asesorarte y diseñar un plan formativo adecuado a las necesidades de tu negocio y de tu plantilla.

Llámanos al 900 701 037 o escríbenos a gesforsl@gesforsl.es